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Alicante lanza campaña informativa sobre nuevas normas para patinetes eléctricos
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Alicante lanza campaña informativa sobre nuevas normas para patinetes eléctricos

Por Redacción
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admincibelesnet/5/5/13
cibeles.net
viernes 22 de mayo de 2026, 21:39h

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Alicante ha puesto en marcha una campaña informativa sobre la nueva normativa que regula el uso de patinetes eléctricos y vehículos de movilidad personal (VMP). Desde el 2 de enero de 2026, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil y un certificado de circulación. Las sanciones por incumplimiento oscilan entre 100 y 500 euros. La normativa exige el uso de casco, luces delanteras y traseras, timbre y reflectantes, prohibiendo el uso del móvil y superando la tasa de alcohol mientras se conduce. La concejalía de Movilidad Urbana instalará un punto informativo en la plaza de la Montañeta del 25 al 29 de mayo para aclarar dudas sobre estos requisitos.

Las sanciones para los usuarios de patinetes eléctricos en Alicante oscilan entre 100 y 500 euros. La nueva normativa exige el uso de casco, luces delanteras y traseras, timbre y elementos reflectantes. Además, se prohíbe la utilización de auriculares, el teléfono móvil mientras se conduce y superar la tasa de alcohol permitida.

Nueva normativa en vigor

La concejalía de Movilidad Urbana del Ayuntamiento de Alicante ha puesto en marcha una campaña informativa sobre la reciente regulación que afecta a los vehículos de movilidad personal (VMP), incluyendo los patinetes eléctricos. Desde el pasado 2 de enero, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil y un certificado de circulación para estos vehículos. Esta información se estará ofreciendo en un punto informativo ubicado en la plaza de la Montañeta desde el 25 hasta el 29 de mayo.

El concejal Carlos de Juan ha comentado que esta iniciativa busca educar a los ciudadanos sobre las nuevas exigencias legales. Desde noviembre del año pasado, el Ayuntamiento ha estado instalando carpas informativas en diferentes puntos de la ciudad para explicar las condiciones necesarias para circular legalmente con estos vehículos.

Requisitos esenciales para circular

La actual campaña es la quinta que se realiza, habiendo tenido lugar previamente en varias localizaciones como la plaza del Hospital Viejo de San Antón y la avenida de Salamanca. Entre los requisitos establecidos, además del seguro y el certificado digital, se destaca la obligatoriedad del uso del casco protector y que los patinetes cuenten con luces homologadas, timbre y elementos reflectantes.

A partir del 22 de enero de 2027, solo podrán circular aquellos VMP que dispongan del correspondiente certificado. Los patinetes adquiridos antes de esta fecha tendrán un periodo adicional para adaptarse a las nuevas normativas.

Sanciones por incumplimiento

La Policía Local está autorizada a verificar si los usuarios cumplen con estas regulaciones, pudiendo inmovilizar los vehículos y sancionar a sus propietarios. Las multas varían entre 100 y 500 euros, dependiendo de la infracción cometida.

El certificado debe ser proporcionado por el fabricante e incluir información esencial como velocidad máxima, número de serie, año de fabricación y modelo. Es fundamental que cada vehículo esté debidamente inscrito en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Cobertura del seguro obligatorio

El seguro exigido debe ofrecer una cobertura mínima: 6.450.000 euros por daños a personas y 1.300.000 euros por daños a bienes en caso de accidente.

Para más detalles sobre qué vehículos están considerados como VMP y su certificación, se puede consultar directamente en la página oficial de la DGT.

Definición de vehículo personal ligero

Bajo las normativas vigentes, se consideran vehículos personales ligeros aquellos propulsados exclusivamente por motores eléctricos que alcanzan velocidades entre 6 y 25 km/h, siempre que su peso no exceda los 25 kilos. Se excluyen ciertos tipos como bicicletas eléctricas con asistencia al pedaleo o vehículos diseñados exclusivamente para uso militar o personas con discapacidad.

La noticia en cifras

Descripción Cifra
Sanciones (rango) 100 - 500 €
Fecha exigencia seguro 2 de enero de 2026
Fecha límite para circular sin certificado 22 de enero de 2027
Cobertura mínima del seguro (daños a personas) 6.450.000 € por siniestro

Preguntas sobre la noticia

¿Qué se considera vehículo personal ligero?

Se consideran vehículos personales ligeros, a efectos del seguro obligatorio de responsabilidad civil, los vehículos que circulan por suelo mediante una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 25 km/h, si su peso es inferior a 25 kilos, o una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 14 km por hora, si su peso es superior a 25 kilos. Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto equilibrado.

¿Qué vehículos quedan excluidos de la definición de vehículo personal ligero?

Se excluyen de la definición de vehículo personal ligero: los vehículos diseñados y fabricados para ser utilizados exclusivamente por las Fuerzas Armadas, los vehículos motorizados o elementos de apoyo a la movilidad y autonomía personal que son destinados exclusivamente para ser utilizados por personas con discapacidad o con movilidad reducida y los ciclos o las bicicletas de pedales con pedaleo asistido equipadas con un motor eléctrico auxiliar de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 w, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear.

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