La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado la petición del Sindicato Estatal de Técnicos Superiores Sanitarios. Esta solicitud buscaba la suspensión de los servicios mínimos establecidos por la Dirección General de Trabajo de la Generalitat Valenciana para una huelga programada por este colectivo en los días 30 y 31 de octubre, así como el 3 y 4 de noviembre de 2025.
En su resolución, el tribunal señala que el sindicato no solicita la suspensión cautelar en los términos específicos que regulan los servicios mínimos, sino que busca declarar la inexistencia de dichos servicios. Este argumento ha llevado a la desestimación de la medida cautelar tras evaluar los intereses en conflicto, destacando la importancia esencial que tienen los servicios sanitarios proporcionados por los técnicos superiores y especialistas en diversos centros sanitarios de la Comunidad Valenciana.
Contexto y repercusiones
La decisión del TSJCV subraya la relevancia crítica del mantenimiento de los servicios mínimos durante períodos de huelga en el sector sanitario. La protección del acceso a atención médica adecuada se considera prioritaria, especialmente en un contexto donde las demandas laborales pueden afectar directamente a la calidad del servicio ofrecido a los ciudadanos.
Este fallo se produce en un momento donde las tensiones entre los profesionales sanitarios y las administraciones públicas han ido en aumento, reflejando una necesidad urgente de diálogo y negociación para abordar las reivindicaciones laborales sin comprometer el bienestar público.