El procedimiento del voto accesible consiste en la utilización de sobres y papeletas normalizadas (sobres y papeletas sin referencia en Braille e idénticas a las utilizadas por el conjunto del electorado), junto con una documentación específica en sistema Braille. Cada una de las papeletas normalizadas se encontrará dentro de un sobre en el que, en tinta y Braille, se indicará la candidatura a la que corresponde. El conjunto de papeletas y sobres se entregarán a las personas electoras en el "kit de votación" o maletín en la misma mesa electoral.
Pueden solicitarlo hasta el 1 de mayo las personas con discapacidad visual inscritas en el censo electoral que conozcan el sistema de lecto-escritura Braille y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % o sean afiliados o afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y deseen utilizar el procedimiento de voto accesible.
La utilización de este procedimiento es voluntario para las personas electoras con discapacidad visual que cumplan los requisitos, quienes además pueden, si así lo desean, ser asistidos por una persona de su confianza para poder ejercer su derecho a voto.