La Conselleria de Educación de la Comunitat Valenciana ha regulado por primera vez los días de libre disposición del profesorado, permitiendo a los docentes disfrutar de seis días retribuidos por curso escolar. Esta medida, que entrará en vigor en el curso 2026-2027, establece que estos días se pueden tomar en periodos lectivos y no lectivos, con un procedimiento reglado para su solicitud. Además, se busca simplificar los trámites para permisos relacionados con el cuidado de hijos con enfermedades de larga duración, facilitando así la conciliación laboral y familiar del personal docente.
La Conselleria de Educación, Cultura y Universidades ha presentado en la mesa sectorial celebrada recientemente una propuesta innovadora que permitirá al personal docente no universitario de la Comunitat Valenciana disfrutar de seis días de asuntos particulares retribuidos por curso escolar.
Esta iniciativa se enmarca dentro de la Instrucción 1/2026, que establece por primera vez un marco regulatorio específico para estos permisos. La medida surge tras el acuerdo firmado el pasado 25 de mayo entre la Conselleria y las organizaciones sindicales ANPE y CSIF, con el objetivo de implementar esta regulación a partir del curso 2026-2027.
Conforme al texto que se someterá a negociación, los docentes podrán disfrutar de hasta seis días al año, distribuidos en tres durante el periodo lectivo y tres más en el periodo no lectivo. El uso de estos días estará permitido desde el 1 de septiembre hasta el 31 de agosto del año siguiente, coincidiendo así con el calendario escolar.
La normativa incluye un procedimiento claro para garantizar que este nuevo derecho no afecte negativamente al servicio educativo. Las solicitudes deberán ser presentadas con un mínimo de quince días naturales y un máximo de dos meses de antelación, estarán sujetas a las necesidades organizativas del centro educativo y requerirán la autorización previa del director.
Además, se han establecido períodos específicos en los que no se podrán conceder estos permisos, como los primeros y últimos quince días lectivos del curso, así como las fechas cercanas a los principales periodos vacacionales o coincidentes con evaluaciones.
La regulación también contempla límites sobre cuántos docentes pueden acogerse a este permiso simultáneamente, dependiendo del tamaño del centro educativo. Por ejemplo, en centros con menos de 20 docentes solo podrá solicitarlo uno, mientras que en aquellos con más de 81 se permitirá hasta cinco. Asimismo, los docentes deberán planificar las actividades para sus alumnos durante su ausencia.
Pablo Ortega, director general de Personal Docente, ha destacado que “los seis días de libre disposición constituirán un nuevo derecho para el profesorado valenciano a partir del próximo curso”. Ortega enfatizó la importancia de esta regulación clara que busca equilibrar tanto la conciliación familiar como la autonomía profesional de los docentes sin comprometer el funcionamiento adecuado de las instituciones educativas.
Durante la reunión con los sindicatos también se abordó la intención de simplificar los trámites administrativos relacionados con permisos destinados al cuidado de hijos e hijas con enfermedades prolongadas. Según Ortega, se está trabajando en modificar el proceso actual para reducir la carga burocrática que enfrentan las familias y agilizar la gestión por parte del personal docente.
“Nuestro objetivo es facilitar al máximo los trámites a quienes atraviesan situaciones familiares complejas”, concluyó Ortega. “Buscamos eliminar gestiones innecesarias y ofrecer respuestas más ágiles y eficaces.”
| Cifra | Descripción |
|---|---|
| 6 | Días de asuntos particulares retribuidos por curso escolar para el profesorado. |
| 3 | Días de libre disposición en periodo lectivo. |
| 3 | Días de libre disposición en periodo no lectivo. |
| 15 | Días naturales de antelación mínima para presentar solicitudes. |
| 2 | Meses de antelación máxima para presentar solicitudes. |
La Conselleria propone que el personal docente disponga de seis días de asuntos particulares retribuidos por curso escolar.
Los seis días se podrán distribuir en tres días durante el periodo lectivo y tres días en el periodo no lectivo, abarcando desde el 1 de septiembre hasta el 31 de agosto del año siguiente.
Las solicitudes deberán presentarse con una antelación mínima de quince días naturales y máxima de dos meses, y estarán condicionadas a las necesidades organizativas del centro, requiriendo autorización previa de la dirección.
Sí, no se podrán conceder permisos durante los quince primeros y últimos días lectivos del curso, ni en fechas coincidentes con evaluaciones o principales periodos vacacionales.
Se está trabajando en una modificación para reducir la carga burocrática que soportan las familias y agilizar la gestión de estos permisos por parte del personal docente.