La Audiencia de Valencia ha ratificado la inadmisión de la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana relacionada con la Dana. Además, se han excluido los daños materiales de la investigación. El tribunal también confirmó la exigencia de una fianza de 6.000 euros a la asociación Liberum para que pueda ejercer su acción popular, y permitió que ciudadanos sin relación directa con las víctimas puedan presentar acusaciones particulares por daños materiales.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha ratificado las decisiones tomadas por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, que incluyeron la inadmisión de la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana. Esta acción se enmarca dentro de la causa penal relacionada con los efectos de la Dana.
Además, el Tribunal ha decidido excluir de la investigación cualquier referencia a los daños materiales. En este contexto, también se han confirmado otras resoluciones adoptadas por la instructora del caso, como es el requerimiento de una fianza de 6.000 euros a la asociación Liberum para poder ejercer su acción popular.
Asimismo, se ha permitido que varios ciudadanos presenten acusaciones particulares, aun cuando no hayan resultado lesionados ni tengan familiares fallecidos a causa del fenómeno meteorológico, pero sí hayan experimentado perjuicios materiales.
Este fallo judicial subraya las limitaciones en el ámbito de las acciones legales relacionadas con desastres naturales y cómo estas pueden ser abordadas desde un punto de vista jurídico. La decisión se considera un paso importante en el desarrollo de esta causa penal.