El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha implementado medidas urgentes para proteger los derechos laborales tras la inesperada derogación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2024, ocurrida el 22 de enero en el Congreso. La Dirección General de Trabajo ha emitido un criterio interpretativo que establece que la derogación no afecta a los salarios ya contratados y que las nuevas contrataciones deben respetar el SMI vigente. Además, la Inspección de Trabajo supervisará el cumplimiento de estas normas para asegurar que los trabajadores reciban la remuneración acordada.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha iniciado una serie de acciones para salvaguardar los derechos laborales, tras la sorprendente derogación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2024, que tuvo lugar el pasado 22 de enero en el Congreso de los Diputados.
En respuesta a esta situación, la Dirección General de Trabajo ha emitido un Criterio interpretativo que aborda las repercusiones de la anulación del SMI, destacando su función en la interpretación y aplicación de las normativas laborales vigentes.
El Gobierno tiene como mandato establecer un SMI anual, cuyo objetivo es asegurar la protección de los derechos y principios constitucionales. Según el Estatuto de los Trabajadores y respaldado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, este sistema debe incluir techos salariales mínimos que respondan a valores de justicia e igualdad, garantizando así el cumplimiento del artículo 35.1 de la Constitución.
La desaparición del suelo legal establecido por el SMI se considera contraria a los principios fundamentales de la normativa laboral. Además, el legislador no contempla la no vigencia de este salario mínimo interprofesional.
Ante esta coyuntura, hasta que se establezca un nuevo valor para el SMI en 2025, se han determinado varias directrices:
A medida que se desarrollen estos acontecimientos, el Ministerio reafirma su compromiso con la defensa de los derechos laborales en un contexto cada vez más complejo.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha comenzado a implementar medidas para proteger los derechos laborales tras la derogación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2024, que ocurrió el 22 de enero en el Congreso de los Diputados.
La Dirección General de Trabajo ha emitido un Criterio interpretativo sobre las consecuencias de la derogación del SMI, enfatizando su función de interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas pertinentes.
La derogación no afecta a los salarios ya contractualizados, ya que estos se consideran vigentes hasta que se fije un nuevo valor para el SMI 2025.
Las nuevas contrataciones no pueden establecer un salario mínimo inferior al fijado en el SMI 2024, según la instrucción de la Dirección General de Trabajo.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social supervisará que los trabajadores reciban puntualmente la remuneración acordada y verificará el cumplimiento estricto de esta obligación por parte de las empresas.